Piden celeridad en la obtención de crédito para acueducto de Puerto Deseado.
Es luego de la promulgación de la Ley sancionada por el parlamento provincial, impulsada por el diputado del Frente para la Victoria, Roberto Fernández. Se busca evitar crisis en el abastecimiento de agua potable. Posibilita la obtención de 27 millones de pesos, cifra presupuestada por la estatal Servicios Públicos.
Días atrás, el Poder Ejecutivo promulgó la ley que – impulsada por el diputado Roberto Fernández – autoriza la toma de un crédito por 27 millones de pesos para la construcción del Acueducto de Alimentación y reemplazo de cañerías de HF para Puerto Deseado.
La misma fue sancionada por el parlamento Santacruceño el pasado mes de Julio, con el objetivo de “evitar posibles crisis en el abastecimiento de agua potable”, situación que se viene desarrollando en Caleta Olivia, por lo que el legislador que representa a esa comunidad en la Legislatura Provincial, consideró que “sería oportuno iniciar los trámites para la obtención de ese crédito lo antes posible”, ya que “no debemos esperar que ocurra una crisis de abastecimiento”.
De esta manera, la Ley 3382 posibilitará el financiamiento presupuestado por la empresa Servicios Públicos S.E. cotizado en marzo de este año para el reemplazo de las cañerías HF – por PVC clase 06 de 200 mm. – que vincula la captación de agua ubicada en Cañadón Nuevo con el acueducto AC que abastece la cisterna de 350 metros cúbicos, ubicada en el noroeste de la ciudad, buscando mejorar la confiabilidad del sistema, reemplazando un tramo del acueducto “que presenta evidentes signos de deterioro”, se señala en la memoria descriptiva de la empresa estatal.
Sobre las características del empréstito, se explica que podrá ser bilateral y/o sindicado con organismos del Estado Nacional, el Banco Santa Cruz S.A. y/o con la entidad bancaria u organismo estatal que resulte mas beneficiosa para la Provincia, cuyo plazo de amortización de capital, tasa de interés máxima y margen aplicable de mercado, serán aquellos que resulten mas favorables para el erario público provincial.
Los trámites correspondientes y suscripción con el Estado Nacional, con las entidades financieras y/o bancarias pertinentes, todos los instrumentos, contratos y documentación necesaria y conveniente para dicho efecto se deberá realizar a través del Ministerio de Economía y Obras Públicas provincial, y podrán afectarse en garantía los derechos de la Provincia sobre las sumas a percibir por Regalías Hidrocarburíferas y/o el Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos Nacionales, Ley Nacional 23.548, de acuerdo a lo establecido por los Artículos 1, 2 y 3 del Acuerdo Nación-Provincias, ratificado por Ley Nacional 25.570 o el régimen que lo sustituya o modifique.
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