El personal de casas particulares tendrá los mismos derechos que cualquier trabajador en relación de dependencia.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) implementará desde el 1° de noviembre una normativa que otorgará el derecho a los trabajadores de casas particulares a contar con una Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART) al igual que sucede con los trabajadores en relación de dependencia. La Resolución General 3693, que establece la medida, fue publicada hoy en el Boletín Oficial.
Actualmente el empleado de casas particulares se encuentra alcanzado por las coberturas que brinda la seguridad social, como así también cobertura de salud y; a partir de ahora estará protegido ante cualquier riesgo que se suscite durante su jornada laboral desde que sale de su hogar y hasta el retorno al mismo.
En atención a ello los empleadores deberán ingresar mensualmente, por cada uno de los empleados que presten servicio en sus hogares, los importes resultantes según las horas trabajadas.
El ingreso de dichos importes correspondientes a aportes, contribuciones y riesgos del trabajo, se efectuará mediante el volante de pago F.102/RT.
Es importante destacar que el pago de aportes y contribuciones seguirá siendo a mes vencido, en tanto que el pago del componente de ART se efectuará mediante el mismo formulario cancelando el mes por iniciarse de modo anticipado.
Cada empleador tendrá la opción de elegir una ART, y en caso de no hacerlo, la Superintendencia de Riesgo de Trabajo la designará por sorteo.
Así, a partir de la implementación de este beneficio se les brinda al colaborador hogareño una situación de inclusión y un concreto acceso a derechos que, como trabajadores, les corresponden.
En caso de que se termine la relación laboral, el empleador pagará con el Formulario F1350 únicamente aportes y contribuciones del último mes trabajado. Al inicio del mes de finalización de la relación laboral, el empleador ya debería haber pagado con el Formulario F102/RT la cuota de la ART de dicho mes.
En el siguiente link se podrán descargar los formularios :
http://www.afip.gob.ar/formularios/formulariosVerMain.asp
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