Ante la ley de lemas, el Partido Obrero de la Provincia de Santa Cruz presento un proyecto de ley de derogación de la ley de lemas.
La Cámara de Diputados de Santa Cruz sanciona con fuerza de LEY
Art. 1.- Derógase la Ley 2052, conocida como Ley de Lemas y todas sus modificatorias por leyes 2302, 2438, 2522 y 2604.-
Art. 2.- Todos los cargos electivos a nivel provincial y en los municipios que no hayan sancionado sus propias cartas orgánicas lo serán en consecuencia a simple pluralidad de sufragios.-
Art. 3.- Para la elección de diputados provinciales por distrito y concejales se aplicará la proporción determinada por el sistema D´Hont, para el reparto de los cargos en forma directa y sin piso.-
Art. 4.- De Forma.-
FUNDAMENTOS:
La elección de cargos provinciales por el mecanismo indirecto establecido por la llamada Ley de Lemas se ha verificado en los hechos como un sistema que violenta la voluntad popular .
En primer lugar violenta la voluntad del elector por cuanto ya se ha producido varias veces el caso de que los candidatos más votados no son los finalmente ungidos en los cargos, porque son superados por una sumatoria de varios candidatos.
En segundo lugar y no menos importante, la inmensa crisis que se viene produciendo al interior de los partidos políticos tradicionales, ha llevado a que se sumen los votos de propuestas políticas abiertamente antagónicas, vale decir un candidato que propone un ajuste fiscal suma sus votos con otro que propone rebajar impuestos, lo que demuestra el absurdo a que ha llevado el voto indirecto.
En casi todo el país ha sido abandonado el régimen de lemas y el voto indirecto por otros sistemas menos distorsivos que el sistema indirecto de la Ley de Lemas. Sólo Formosa mantiene este sistema.
Todos los partidos con excepción del FPV se han pronunciado contra la Ley de Lemas y sin embargo el FPV que posee mayoría propia en la Cámara de Diputados, pretende ampliar en lugar de derogar esta Ley agregando la categoría de gobernador en el sistema de lemas.
Esta pretensión de incluir la categoría de gobernador en la ley de lemas es directamente inconstitucional, ya que el Art. 114 de la carta magna provincial reza: “El gobernador y Vicegobernador serán elegidos por el pueblo de la provincia a simple pluralidad de sufragios…” es decir que la Constitución Provincial repudia en su texto el sistema indirecto para la elección de los máximos cargos de responsabilidad institucional en Santa Cruz.
Alertamos al pueblo de Santa Cruz que esta “reforma política” es un intento desesperado para mantenerse en el control del Estado, con el fin de descargar la crisis sobre las espaldas de los trabajadores.
El continuismo en el poder prepara el recorte a los derechos jubilatorios a los trabajadores provinciales y municipales. Pretenden también darle continuidad a la entrega de los recursos naturales, especialmente el petróleo No convencional y Off Shore; y cubrir con un manto de impunidad a funcionarios provinciales y municipales que deberían pagar por la malversación de fondos y el desbarajuste económico y social en que han sumido a la provincia y a sus respectivos municipios.
Por todos estos motivos desde el Partido Obrero rechazamos cualquier intento de ampliar la Ley de Lemas y recomendamos la sanción del presente proyecto de Ley, que propicia la derogación lisa y llana de este sistema indirecto, distorsivo y por ende antidemocrático.
Miguel Del Plá-Omar Latini
Previsión Social: ¿Cómo se otorgan los aumentos a las jubilaciones en Santa Cruz?
0 comments