Fue a través de un Proyecto de Ley enviado al parlamento Provincial, con el objetivo de “mejorar la legislación tributaria”. El secretario de Ingresos Públicos explicó a diputados los alcances de esta nueva propuesta. La última modificación al código fiscal fue en el año 2013.
En horas de la tarde, el presidente del Bloque del Frente para la Victoria, Leonardo Álvarez, junto al presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, Silvio Suárez, se reunieron con el secretario de Estado de Ingresos Públicos, Favio Vásquez, a los efectos de analizar el proyecto de Ley remitido el pasado 26 de noviembre por el Poder Ejecutivo y tendiente a modificar el Código Fiscal Provincial y la Ley Impositiva.
De esta manera, en la nota remitida por el Gobernador y adjunta al proyecto de Ley, explica que estas modificaciones, radican en “la necesidad de mejorar la legislación tributaria, así como lograr un aumento en los recursos de la provincia, en un contexto en el que el gasto público provincial crece a mayor velocidad que los ingresos”, resaltando que las mismas permitirán “contar con las herramientas para seguir generando recursos para nuestra Provincia”.
Es así que la modificación a la Ley 3251 (Código Fiscal) pretende facultar a la Secretaría de Ingresos Públicos a “intimar el ingreso de deuda cuando el contribuyente o responsable se atribuya de forma incorrecta conceptos improcedentes o alícuotas que no le corresponden, simplificando la tarea de determinación, recordando que el objeto o hecho imponible de un impuesto es el cumplimiento de aquellas situaciones que conforme la definición legal del mismo, configuran las circunstancias que hacen nacer la obligación tributaria y que de los distintos elementos que la componen, deben interesarnos aquellos casos que se encuentran vinculados con su aspecto objetivo”, señala el proyecto.
Por otro lado, con la modificación a la Ley 3252 (Impositiva), que establece el nomenclador de las actividades que tributan y sus correspondientes montos, amplía la franja mínima y máxima para la aplicación de multas a partir de la comisión de infracciones a los deberes de los contribuyentes, desde 200 hasta 60 mil pesos, como así también desdobla el código para la fabricación de productos de la refinación de petróleo en dos, contemplando la industrialización en origen sin expendio al público, manteniendo la alícuota para el código 232000 en 1,75%, y para la refinación del petróleo con expendio al público, lleva la alícuota al 3%, lo que afectaría centralmente a la petrolera YPF, única que en Santa Cruz se dedica a la actividad mencionada.
Por otro lado, proponen una nueva modificación al Impuesto sobre las rifas y otros juegos de azar, como así también aumenta las tasas de la Secretarías de Estado de Turismo – aprobación de planos y solicitud y otorgamiento de concesión – de Minería, como manifestación de descubrimiento de minerales, exploración o cateo, entre otras; de la Secretaría de estado de Transporte, sobre los aranceles anuales de las líneas regulares y no regulares, transporte aéreo, marítimo y lacustre, entre otros; para la Subsecretaría de Comercio, propone aumentos para el Registro Permanente de Actividades Comerciales y la emisión de certificados de origen, entre otros organismos públicos.
Cabe destacar que la última reforma a estas leyes recaudatorias fue sancionada a pedido del Poder Ejecutivo en el año 2013, a partir de un paquete de medidas remitidas por la Administración central.
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