Desde el Parque Nacional Los Glaciares se informa que los Drones, vehículos aéreos no tripulados, están prohibidos y su vuelo no está permitido por el Artículo 5 de la Ley de Parques Nacionales.
La Zona Norte del Parque Nacional Los Glaciares informa que se prohíbe el vuelo de “drones” en el área protegida. Esta medida se basa en la Ley 22.351, conocida como Ley de Parques Nacionales y la Resolución N° 527/2015 de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), que los define como “Vehículo Aéreo no Tripulado”.
Según señala la Ley en el inciso L del artículo 5 se prohíbe “la realización de sobrevuelos en aeronaves impulsadas a motor, exceptuados los de las rutas aéreas comerciales, militares y civiles que —dadas las características geográficas, climáticas o proximidad de aeropuertos en la zona— no cuenten con rutas alternativas, así como los destinados a operaciones de búsqueda y rescate, combate de siniestros, siniestros, investigaciones científicas, relevamientos técnicos y todos aquellos que guarden relación con las tareas inherentes a su cuidado y administración. (Inciso incorporado por art. 1° de la Ley N° 26.389 B.O. 25/6/2008)”.
Seguridad y uso de vehículos aéreos
La Resolución de la ANAC señala que “el objetivo principal de todo marco normativo de aviación es lograr y conservar el nivel uniforme de seguridad operacional más elevado posible y, en el caso de los vehículos aéreos no tripulados, esto significa velar por la seguridad operacional de todos los demás usuarios del espacio aéreo así como la seguridad de las personas y los bienes en superficie.”
Además informa que el organismo estimula “la aeronavegación, dentro de un marco compatible con el normal desarrollo de la vida de la comunidad y de protección del medio ambiente, adoptando las medidas de control necesarias para optimizar la seguridad de los vuelos y aplicando las sanciones correspondientes”. En ese sentido, la ANAC es el organismo que se encarga de “disponer la habilitación, fiscalización y registro de licencia y certificaciones del personal de servicios aeronáuticos, de material aeronáutico, de aeronaves y operaciones de aeronaves; mantener el registro del material aeronáutico y de las aeronaves; como así también promover y apoyar las actividades industriales, de investigación y desarrollo de sistemas para el espacio aéreo”.
(Fuente: Chalten Hoy.)
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