Este miércoles una comitiva de funcionarios provinciales y referentes sindicales de la cuenca, trabajarán en comisiones junto a los senadores nacionales, con miras a volver a poner en el recinto el proyecto de Ley YCF SE, que ya cuenta con media sanción. Conocé aquí los detalles del proyecto.
El 5 de noviembre de 2015; tras haberse consensuado con todos los sectores intervinientes en el ámbito del yacimiento; el Poder Ejecutivo Nacional emite el mensaje Nro. 2328 mediante el cual se presenta a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación el Proyecto de Ley para la creación de Yacimientos Carboníferos Fiscales Sociedad del Estado.
El texto; que luego fue aprobado en diputados, pero que después no fuera tratado por falta de quórum en el senado; lugar donde se encuentra actualmente; en sus consideraciones se explica la historia de la empresa, el proceso de concesión, la intervención; y fundamenta la necesidad de cambio de figura legal. Tiene un cuerpo de 22 artículos; y un anexo, que es el Estatuto de la Empresa Yacimientos Carboníferos Fiscales Sociedad del Estado; el cual tiene 15 artículos.
Como clave central; La Ley fue creada para que la empresa funcione siempre dentro del Estado, sin terciarizaciones; la actividad es declarada de interés nacional y garantiza los recursos económicos y su desarrollo; la administración es con participación nacional, provincial, y la inclusión de los obreros, y con fiscalización general.
CLAVE 1: INTERÉS NACIONAL
Dice la Ley en su artículo 1ro: Declárase de interés nacional el desarrollo de la exploración, explotación del carbón mineral y sus derivados, como recurso para la generación de energía eléctrica.
Al declararse de Interés Nacional; la actividad en toda su complejidad y acción; debe garantizarse su ejecución desde el Estado. De manera tal que desde el Estado deben aportarse las garantías de los recursos que esto demande.
CLAVE 2: SOCIEDAD DEL ESTADO
Se acude a esta figura (Ley 20705), porque a diferencia de una Sociedad Anónima; en una Sociedad del Estado el 100% del capital es estatal; no puede participar el sector privado; tampoco puede declararse en quiebra, de manera que el Estado debe garantizar su funcionamiento.
CLAVE 3: INTEGRA TODA LA CADENA DE VALOR
Desde la exploración, la explotación del yacimiento actual, más los que se descubran; pasando por la generación de energía a carbón y venta de esta;más el transporte y venta de carbón, y el desarrollo de los subproductos derivados del carbón y la actividad; y su comercialización; conforman elesquema de la empresa.
¿Qué pasa con los activos y pasivos?
A través de la Ley se transfieren todos los activos, bienes muebles, inmuebles, patrimonio financiero, Etc. Hacia la nueva figura legal. Además también se transfiere el contrato de construcción de la usina termoeléctrica.Los pagos de haberes, y otros pasivos de cuenta son absorbidos por el Estado Nacional. Se transfiere la totalidad de las plantas permanentes y transitorias, respetando su antigüedad laboral, categorías, y todos los derechos adquiridos; lo que incluye las resoluciones y convenios de trabajo.
CLAVE 4: REPRESENTACIÓN SINDICAL DE INJERENCIA LOCAL
Los sindicatos definidos para representar a los trabajadores de YCRT, son los que representarán a los obreros de YCF SE. Es decir, ATE; APS; Luz y Fuerza; y La Fraternidad; según lo especifica el artículo 9 de la Ley.
CLAVE 5: EQUIPAMIENTO CON MENOS BUROCRACIA
La Ley YCF; exime a la empresa de pagar impuestos IVA y otros gravámenes por adquisición e importación de maquinaria y bienes. Esto es clave, no tanto por la eximición impositiva, sino para darle más dinamismo al proceso de re-equipamiento, al no producirse largas demoras burocráticas en la llegada del material o maquinaria. Esto, sólo es válido para esta Sociedad del Estado.
CLAVE 6: SE GARANTIZAN LAS INVERSIONES
La ley YCF, establece que el Poder Ejecutivo Nacional deberá contemplar en los sucesivos ejercicios dentro de los gastos del Presupuesto General de la Administración Nacional los fondos necesarios para asegurar el funcionamiento de todo el yacimiento, las terminales ferroportuarias, y la obra de construcción y funcionamiento de la usina termoeléctrica.
CLAVE 7: GARANTIZA USINA DE 360 MV.
La Ley YCF, garantiza la terminación de la central actual; y garantiza la construcción de un módulo más de 120 Mv. para la usina termoeléctrica a carbón; y garantiza las inversiones para la producción de carbón necesaria para la usina planificada.
CLAVE 8: COMPOSICIÓN INCLUSIVA
El Estatuto de la empresa Yacimientos Carboníferos Fiscales Sociedad del Estado establece que el capital de la empresa es representado en acciones compuestas entre el Estado Nacional, el Estado Provincial, y las que desde el Estado se destinan hacia los obreros para lograr su participación. 45% Estado Nacional; 45% Estado Provincial; y 10% los trabajadores.
Esto es así ya que el Estado destina el 10% del capital, para que los empleados de la Sociedad puedan integrarse bajo el régimen del Programa de Propiedad Participada de la Ley No 23.696. Siendo las acciones de este tipo intransferibles fuera del Programa de Propiedad Participada. La Ley YCF, es excepcional en este aspecto, para lograr la participación de los trabajadores.
CLAVE 9: DIRECTORIO COMPUESTO POR NACION; PROVINCIA; Y TRABAJADORES
Dice el artículo 7mo. del Estatuto: Dirección y Administración.- La dirección y administración de la Sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto por CINCO (5) miembros: Presidente, Vicepresidente y TRES (3) Directores Ejecutivos. DOS (2) directores en representación del ESTADO NACIONAL, DOS (2) directores en representación de la Provincia de SANTA CRUZ y UN (1) director en representación de los trabajadores.
CLAVE 10: FISCALIZACIÓN
Se conformará una comisión fiscalizadora que estará compuesta por un síndico presidente; dos síndicos titulares; y tres suplentes. Sus cargos durarán tres años, serán elegidos por la Asamblea de Accionistas (Nación, Provincia, Trabajadores); y a propuesta e la Sindicatura General de la Nación (SiGeN).
Actuarán como cuerpo colegiado; deberán reunirse al menos una vez al mes labrando actas, y deberán crear su propio reglamento interno para cumplir con su tarea de fiscalizar.
Para más información se puede visitar el sitio en internetwww.daleconelcarbon.com donde se encuentra el explicativo gráfico; y también el texto completo del proyecto de Ley.
(Fuente: Delacuenca.com)
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