El Gobierno promulgó la ley de reforma del impuesto a las Ganancias que eleva el mínimo no imponible, así como establece una nueva escala, en reemplazo de la vigente desde 2000, entre otras modificaciones. La Ley 27346, sancionada el pasado 22 de diciembre, aumenta el mínimo no imponible a $37.000 brutos (30.500 de bolsillo) para casados con dos hijos, y a $27.941 brutos (23.200 de bolsillo) para solteros.
Fue promulgada a través del Decreto 1307/2016, publicado hoy martes en el Boletín Oficial.
La Ley 27346, sancionada el pasado 22 de diciembre, aumenta el mínimo no imponible a $37.000 brutos (30.500 de bolsillo) para casados con dos hijos, y a $27.941 brutos (23.200 de bolsillo) para solteros, y establece una nueva escala que modifica la vigente desde 2000.
El proyecto mantiene las deducciones por hijo, cónyuge, padres y empleada doméstica, al tiempo que permite descargar viáticos hasta 40%, aunque, en el caso del transporte no se pondrán limites, y 40% para los alquileres de vivienda, con un tope de $51.000.
También establece que los jueces o empleados que ingresen en el Poder Judicial pagarán Ganancias y en el caso de los jubilados lo harán cuando su haber supere los $30 mil mensuales.
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