La SecretarA�a de Estado de Ambiente dependiente del Ministerio de Salud y Ambiente a travA�s de su equipo tA�cnico realizA?, desde el aA�o 2015 a la actualidad, 45 inspecciones al Vaciadero de RA�o Gallegos notificando a las autoridades municipales actA?en de acuerdo a lo establecido por __la normativa ambiental, sin obtener respuestas al
respecto.
Desde la cartera provincial ambiental seA�alaron que se realizaron intimaciones a la Municipalidad de RA�o Gallegos, en donde se solicitA? que se arbitren los medios necesarios para adquirir maquinaria, ordenar el vaciadero, tapar los focos A�gneos, sin obtener respuestas ni cumplimiento alguno de lo solicitado, por lo cual se iniciaron acciones administrativas que se encuentran en etapa de instrucciA?n.
Desde el aA�o 2015 se encuentra en curso un amparo en la Justicia local que habA�a ordenado a la Municipalidad de RA�o Gallegos el ordenamiento del actual vaciadero y la pronta puesta en marcha de la nueva obra de relleno sanitario sobre la ruta a Punta Loyola.
En el A?ltimo informe elaborado por la SecretarA�a de Estado de Ambiente se deja constancia de las irregularidades y el actuar de las autoridades municipales especificando por ejemplo que en todos los sectores del predio se observaron residuos sin tapar y con presencia de vectores de infecciA?n.Se observaron personas ajenas al vaciadero, clasificando y recolectando basura informalmente en distintos sectores del mismo. Asimismo se distinguieron niA�os y menores de edad realizando recolecciA?n informal de los residuos.
En la a�?zona exclusiva de trA?nsito para camiones atmosfA�ricosa�? se visitA? el sitio especA�fico de vertido de efluentes lA�quidos que arrojan los camiones cisterna donde los desechos fluyen hacia la zona de marismas y se pudo verificar que se ha avanzado sobre ella aproximadamente unos 5-10 metros con el agravante de encontrarse un
camiA?n atmosfA�rico perteneciente al mismo municipio local vertiendo lA�quidos de origen desconocido.
En la fosa destinada a a�?decomisoa�? de alimentos en mal estado provenientes del departamento de BromatologA�a se constatA? la presencia de residuos biopatogA�nicos de origen incierto, incinerA?ndose dentro de la misma, prA?ctica que estA? prohibida por ley. AdemA?s cabe mencionar que la misma deber ser usada exclusivamente para alimentos
decomisados.
En el sector de las fosas destinadas a los desechos provenientes de la industria frigorA�fica, se visualizA? que las tres (3) fosas se encuentran abiertas y con residuos de partes de animales crudas, sin el respectivo tratamiento de cocciA?n para eliminaciA?n de patA?genos, los cuales estaban siendo faenados por individuos desconocidos y ajenos al lugar, como agravantes en su interior existA�an residuos de distinto origen, tales como escombros, maderas, restos de poda, bolsas y restos materiales provenientes del cementerio local (restos de ataA?des, coronas mortuorias y lapidas.)
Se observaron varios focos de incendio en distintos sectores del predio y en la periferia del vaciadero, se advirtiA? que el alambrado perimetral se encontraba en condiciones precarias, presentando faltantes y sectores desprovistos de alambre permitiendo que los vecinos ingresen por allA�.
Cabe destacar que la quema constante a cielo abierto de residuos sA?lidos urbanos trae como consecuencia la liberaciA?n de gases tales como DiA?xido de Carbono, MonA?xido de Carbono, Dioxinas y Furanos, Metales Pesados (plomo, mercurio, cadmio, cromo entre otros), Material Particulado, DiA?xido de Azufre, Ozono.
Los efectos inmediatos a la salud producidos por estos contaminantes son ardor en los ojos, irritaciA?n de las vA�as respiratorias y exacerbaciA?n del asma, entre otros. Existen tambiA�n efectos causados en el mediano y el largo plazo, como enfisema pulmonar, cA?ncer, la disrupciA?n endocrina, espina bA�fida, malformaciones y alteraciones
neuroconductuales, estas A?ltimas causadas por las dioxinas y los furanos, que son las sustancias mA?s tA?xicas que existen en el planeta, y que se forman durante la combustiA?n de residuos orgA?nicos.
Desde la cartera ambiental provincial, indicaron que estas acciones representan serios incumplimientos a la Ley General del Ambiente, la ley 2.658 de Impacto Ambiental de la Provincia de Santa Cruz, la Ley 2.829 de DisposiciA?n Final de Residuos SA?lidos Urbanos, Ley 3.163 Ley de ConservaciA?n de las Aves Playeras y Migratorias y Ley 3.133 sobre la Calidad del Aire.
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