Para el aAi??o prA?ximo, los feriados puente serA?n el 30 de abril, 24 y 31 de diciembre, en tanto que para 2019 serA?n el 8 de julio, 19 de agosto y 14 de octubre.
Las fechas fueron definidas a travAi??s de un decreto publicado hoy en el BoletAi??n Oficial, con las formas del presidente Mauricio Macri y del ministro de Turismo, Gustavo Santos.
Los llamados “dAi??as no laborables con fines turAi??sticos” estA?n previstos en el artAi??culo 7 de la Ley NAi?? 27.399, sancionada este aAi??o por el Congreso.
La norma declarA? “de interAi??s nacional al turismo como actividad socioeconA?mica, estratAi??gica y esencial para el desarrollo del paAi??s”.
En la ley se determinA? que los feriados nacionales trasladables previstos, cuyas fechas coincidan con los dAi??as martes y miAi??rcoles serA?n trasladados al dAi??a lunes anterior, y los que coincidan con los dAi??as jueves y viernes, al dAi??a lunes siguiente.
Y la norma facultA? al Poder Ejecutivo a fijar anualmente hasta tres dAi??as feriados o no laborables destinados a promover la actividad turAi??stica, que deberA?n coincidir con los dAi??as lunes o viernes.
(Fuente: A?mbito)
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