Le otorgaron un recurso de amparo presentado por el INADI. El seguro de salud le negaba la cirugía alegando que se trataba de una cirugía ‘estética’. Es un caso testigo.
El derecho existe, lo establece la ley. Pero las obras sociales y prepagas se refugian para no respetarlo en el argumento de que la operación de feminización de rostro no está expresamente mencionada en la norma legal. Alegan que se trata de una cirugía “estética” y que no están obligadas a cubrirla.
Por eso, Claudia Puccini tuvo que suspender por lo menos tres veces la fecha para una operación que no le fue autorizada por Unión Personal, su obra social. Su odisea empezó hace tres años, cuando empezó a sentirse incómoda con sus rasgos y decidió recurrir a un cirujano. “Tiene que ver con cómo me siento, con mi seguridad, con mi relación con el mundo”, explica.
El maltrato y la discriminación se manifestaron ya en las consultas médicas. “Una cosa es lo que dice la ley y otra lo que ocurre en realidad. Hay todavía mucha falta de sensibilidad, mucho prejuicio”, explica. Uno de los profesionales empezó a intentar disuadirla describiéndole pormenores truculentos de la operación en la consulta. Claudia sabía que los procedimientos con que trataba de atemorizarla no era necesarios. La conducta del especialista cambió cuando su acompañante -que él creía que era solamente una amiga- se presentó como abogada del INADI.
La obra social quiso llegar a un acuerdo ofreciéndole a Claudia cambiarse a un plan superior que incluía la cirugía estética y esperar un período de carencia. Ella no quiso hacerlo, porque tenía en claro que no correspondía. Simplemente pretendía que se le concediera aquello a lo que tenía derecho por ley.
Efectivamente, la ley 26743 en su artículo 11, bajo el título Derecho al libre desarrollo personal establece: “Todas las personas mayores de dieciocho (18) años de edad podrán, conforme al artículo 1° de la presente ley y a fin de garantizar el goce de su salud integral, acceder a intervenciones quirúrgicas totales y parciales y/o tratamientos integrales hormonales para adecuar su cuerpo, incluida su genitalidad, a su identidad de género autopercibida, sin necesidad de requerir autorización judicial o administrativa”.
Y sigue: “Los efectores del sistema público de salud, ya sean estatales, privados o del subsistema de obras sociales, deberán garantizar en forma permanente los derechos que esta ley reconoce”.
La paradoja es que la misma Claudia participó en la redacción del proyecto de ley durante su militancia en la Comunidad Homosexual Argentina. Se conmueve cuando nombra a otras mujeres trans que ya no están: Nadia Echazú, Diana Sacayán, víctimas de femicidio y Lohanna Berkins.
Por eso decidió presentar un recurso de amparo a través del INADI. La justicia acaba de concedérselo y ordenarle a la obra social que concrete la operación.
“Se trata de un caso testigo -destaca Analía Miskowiec, a cargo de Asistencia a la Víctima-. Es el primer amparo en el que se está otorgando la feminización de rostro, que no está enunciada en la norma. Esa es la gran pelea entre obras sociales y prepagas, que alegan que es un procedimiento estético y todos los chicos y chicas trans quieren acceder a este derecho que hace a su autopercepción, a su esencia”.
Una vida complicada
Claudia le dijo a su mamá que se sentía una nena cuando tenía 5 años. Quería hacerle saber a su familia por qué, pero no encontró comprensión. Hubo muchos intentos de corregir lo que consideraban que estaba mal, con violencia. La misma violencia y falta de aceptación que sufriría primero en el jardín, luego en la primaria. Cuando llegó el momento de entrar a la secundaria, creyeron que lo mejor para masculinizarla era que fuera al industrial. Fue una tortura. Sus compañeros llegaron a tirarla por una escalera de mármol. No hubo castigo para los responsables: para los directivos el ataque fue “una riña”.
Asumir su identidad real y salir del closet, escapar a la prostitución como destino inevitable y ayudar a otras compañeras con viento en contra fueron parte de su historia.
El otorgamiento del amparo es un hito importante. El Juzgado Civil y Comercial Federal 10 determinó que la negativa de la obra social afecta el derecho a la salud y que el decreto que reglamenta la Ley de identidad de género es enunciativo y no taxativo cuando enumera las intervenciones que como la mastectomia y la vaginoplastia ayudan a la adecuación. Para evitar cualquier discusión, lista los tratados internacionales de derechos humanos que garantizan el derecho reclamado por Claudia.
Apoyándose en la decisión judicial, Claudia ya pidió fecha para la intervención quirúrgica. Está pendiente un recurso de la obra social ante la Cámara, pero las autoridades competentes del INADI comunicaron su compromiso de llegar hasta las más altas instancias para garantizar que los derechos de las mujeres trans no sean vulnerados.
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