A horas de caerse por falta de tratamiento, el proyecto presentado por el diputado Arabel en 2017 recibió despacho de Comisión y fue aprobado hoy jueves en la sesión de la Legislatura. Establece que la creación de un Registro de Agresores Sexuales que tengan condena firme. El banco de datos no será público, sino que estará manejado por la Justicia y las fuerzas de seguridad de todo el país.
Sobre la hora pero salió. A casi dos años de su presentación y a muy poco de perder estado parlamanetario, el proyecto de ley que crea el “Registro Permanente de Agresores Contra la Integridad Sexual” (RePACIS), recibió despacho favorable en la comisión de Legislación General y este jueves fue aprobado durante la sesión ordinaria de la Cámara de Diputados de Santa Cruz.
El proyecto fue presentado en 2017 por el Diputado Jorge Arabel, a partir de una iniciativa impulsada por la Ong PAYCAM. Establece que este Registro estará conformado por datos de personas condenadas por delitos de índole sexual, exceptuando a los denunciados y/o procesados.
Se trata de un banco de datos en soporte digital con alojamiento y accesibilidad web permanente y disponibilidad exclusiva para jueces y tribunales de todo el país, Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina, Policía Federal Argentina, dependencias de la Superintendencia de Policía de Seguridad, Unidades Regionales y Comisarías de la Mujer.
RePACIS estará bajo la responsabilidad de la Superintendencia de Policía Judicial e Investigaciones dependiente del Ministerio de Gobierno. El órgano jurisdiccional interviniente deberá efectuar la notificación dicha Superintendencia en un plazo no mayor a los siete (7) días de haber quedado firme la condena del abusador.
Entre los delitos contra la integridad sexual se incluye la variante del “Grooming” o acoso sexual virtual, según Ley Nacional 26.904
La iniciativa determina que el registro obrará como banco de datos en soporte digital con alojamiento y accesibilidad web permanente y disponibilidad exclusiva para jueces y tribunales de todo el país, Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina, Policía Federal Argentina, dependencias de la Superintendencia de Policía de Seguridad, Unidades Regionales y Comisarías de la Mujer.
Entre los aspectos más salientes de la ley a sancionar se establece que la inscripción en el presente registro implica la inhabilitación absoluta para desempeñar tareas, cualquiera fuese su naturaleza, en establecimientos educativos públicos y privados de todos los niveles, instituciones deportivas, recreativas, culturales y sociales.
(Fuente: Ahora Calafate).
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