El Rector de la Universidad Nacional de la Patagonia Austral, Ing. Hugo Rojas, en acuerdo con las Decanas y Decano de las cuatro Unidades Académicas, resolvió hoy adoptar nuevas medidas frente a la pandemia de coronavirus, entre las que se destacan el reinicio de las actividades de formación de grado y postgrado, a través de propuestas pedagógicas mediadas por tecnologías, a partir de mañana y la continuidad del trabajo remoto para el personal docente y no docente mientras se encuentre vigente el aislamiento social, preventivo y obligatorio.
En lo que respecta a las clases para alumnos de carreras de grado y postgrado, la Resolución 256/20-R-UNPA se refiere a “aquellos espacios curriculares que hasta el día 13 de marzo se desarrollaban en forma presencial”, que “a partir de su reinicio se deberán implementar a través de propuestas mediadas por tecnología que no contemplen la presencia física de los estudiantes mientras dure el aislamiento social, preventivo y obligatorio”.
Asimismo, dispone que “los espacios curriculares incluidos en el Art. 51 del reglamento de Alumnos de la UNPA; prácticas profesionales, profesionales supervisadas, pre- profesionales, trabajos de campo o trabajos de laboratorio” de carácter presencial y obligatorio se reiniciarán luego de la cuarentena y deberán ser reprogramados.
También encomienda al Programa de Educación a Distancia de Rectorado y de las Unidades Académicas realizar un acompañamiento personalizado a los equipos docentes para garantizar las adecuaciones pedagógicas, al tiempo que establece que se garanticen los recursos , sistemas y servicios para garantizar la continuidad curricular.
Por otra parte, indica que “mientras se encuentre vigente la disposición sobre el aislamiento social, preventivo y obligatorio en todo el país, las actividades del Personal Docente y Nodocente de la Universidad deberán realizarse en forma remota, sin asistencia a los lugares habituales de trabajo”, garantizando también el acceso a sistemas y servicios necesarios.
Por último, fija la excepción al trabajo remoto para el personal que “por fundadas razones de necesidad y/o urgencia deba ser afectado temporalmente a tareas consideradas esenciales que requieran inevitablemente la concurrencia al lugar de trabajo.
*Se adjunta la Resolución
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