El Gobierno de Santa Cruz, a través de las áreas de los Ministerios de la Producción, Trabajo, Seguridad y Salud, en conjunto con las áreas de Comercio municipales, llevaron adelante un operativo de control e inspección en la ciudad de Río Gallegos.
El mismo se enmarca en el vigente Decreto Provincial N° 467/21 que establece el Índice Epidemiológico Ajustado por Población (IEAP) para cada localidad de la provincia. El IEAP permite establecer medidas y niveles de restricciones según se encuentren en riesgo bajo, medio, alto o alarma epidemiológica y sanitaria. Asimismo, independientemente de los niveles que revistan las localidades, se determinó reforzar los controles para garantizar el cumplimiento de las medidas biosanitarias en comercios y de circulación.
En la noche de ayer, agentes de las áreas de la Secretaría de Comercio de la provincia, de los ministerios de Trabajo, Seguridad y Salud, y del área de la Secretaría de Comercio municipal, se abocaron a las respectivas inspecciones en distintos puntos de Río Gallegos. Durante los controles asistieron a comercios, tales como bares y restaurantes, para constatar el cumplimiento de las medidas vigentes que abarcan los protocolos sanitarios, el aforo y las medidas de seguridad.
Se trata de actividades comerciales habilitadas, según la normativa vigente, en las que debe garantizarse su correcto funcionamiento. Río Gallegos se encuentra, acorde al IEAP actualizado, en nivel de riesgo medio.
Desde el Estado provincial y municipal se insta a lxs usuarixs a respetar los protocolos sanitarios, entendiendo que las medidas de cuidado deben ser individuales y colectivas en contexto de pandemia. Lxs comerciantes locales deben reconvertir su estructura y readecuar los espacios para respetar la normativa y es fundamental que la comunidad respete, a su vez, los cuidados para evitar el incremento de contagios de coronavirus.
Asimismo, durante la noche se realizaron controles vehiculares para garantizar el cumplimiento del horario de circulación en la ciudad, constatar documentación y concientizar a la población respecto a medidas y normativa vigente.
Las medidas que deberán adoptar localidades de riesgo medio son:
El funcionamiento de las actividades económicas, comerciales, industriales y de servicios hasta las 23:00 horas, donde se deberá cumplimentar estrictamente los protocolos sanitarios aprobados por la autoridad sanitaria provincial.
Los locales comerciales y/ o de servicios deben mantener libre una superficie equivalente del cincuenta por ciento 50% del espacio cubierto, respetando en todo momento el uso de las medidas que implican el distanciamiento social.
Los bares, confiterías, restaurantes y cervecerías deben funcionar de lunes a jueves hasta las 23:00 hs, ampliando el horario hasta las 00:00 hs, los días restantes de la semana.
Los restaurantes y confiterías deberán respetar un aforo de hasta el 50% de su capacidad, disponiendo las mesas de no más de cuatro personas; los bares y cervecerías deberán respetar un aforo de hasta un 30 % de su capacidad, disponiendo las mesas de no más de cuatro personas;
Se restringe de manera estricta la circulación de personas entre la 01:00 hs a las 07:00 hs am, con excepción de aquellos trabajadores afectados a actividades y servicios esenciales y/o personas autorizadas que por su función deban circular en la franja horaria aquí determinada.
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