El Juez de Primera Instancia Dr. Francisco Marinkovic declaró “formalmente improcedente la acción de amparo promovida” por una madre de El Calafate, a la que adhirieron más de 50 pares de esta localidad y de Río Gallegos.
Un escrito de 30 páginas fue presentado el 12 de mayo pasado en el Juzgado civil y comercial N° 2 de Río Gallegos. A cargo de su redacción estuvo el abogado José Luis Janesak, que también se presenta como padre afectado por las decisiones del gobierno.
Madres y padres de El Calafate y Río Gallegos pidieron al Juez Maronkovic que dicte una medida que ordenando al Consejo Provincial de Educación (CPE) y al Gobierno provincial que dispongan el inmediato y progresivo restablecimiento de las clases presenciales en todos los niveles educativos. Y en ese sentido también piden priorizar la vacunación a docentes y no docente que cumple funciones en los establecimientos educativos de Santa Cruz.
Uno de los fundamentos del Juez Marinkovic está basado en el contexto epidemiológico en el que se presentó la acción de amparo. “Tal vez, en un determinado contexto sanitario (por ejemplo, si existiera razonable evidencia sobre un nivel de riesgo bajo o moderado), podría justificarse la intervención jurisdiccional ante la omisión de las autoridades educativas”, afirma.
“Pero en el contexto actual – agrega – tales peticiones requieren un nivel de análisis y ponderación de una serie de aspectos sanitarios (además de las posibilidades funcionales y estructurales del sistema educativo) que exceden el marco de la acción de amparo”
En su fallo al que accedió AHORA CALAFATE indica, el magistrado indica que “si bien al momento de promoverse demanda las localidades de Río Gallegos y El Calafate se encontraban catalogadas como de nivel de riesgo medio y, en los términos de la normativa nacional (entre ella la dictada por el Consejo Federal de Educación) se aconsejaba la escolaridad presencial, dicha situación se vio notoriamente alterada por el crecimiento del nivel de contagio en todas las jurisdicciones durante las últimas dos semanas”.
“Ello se ve reflejado en nuevas medidas dictadas a través del DNU 334/2021 del Poder Ejecutivo Nacional, al que adhirió la Provincia de Santa Cruz mediante el Decreto Provincial 582/2021”, remarca Marinkovic.
El fallo está fechado hoy mismo (28 de mayo), día en que el gobierno restableció el denominado semáforo epidemiológico, colocando a El Calafate ya no en nivel Medio, sino en Nivel de Bajo Riesgo Epidemiológico.
“Sin perjuicio de rechazar la procedencia del amparo, y comprendiendo que resulta legítima la preocupación de los padres ante la falta de educación presencial, he de librar oficio al Consejo Provincial de Educación de la Provincia de Santa Cruz con el fin de poner en su conocimiento las inquietudes y fundamentos de este grupo de padres. A tales fines, se adjuntará al oficio una copia del escrito de demanda y de la presente resolución”, afirma el Juez Marinkovic en su fallo.
Al cierre de este informe AHORA CALAFATE pudo que el abogado José Luis Janesak prepara el escrito apelando el fallo de primera instancia. Recordemos que en la presentación los amparistas hicieron reserva del caso para que se habilite inclusive la instabncia federal.
En su fallo al que accedió AHORA CALAFATE indica, el magistrado indica que “si bien al momento de promoverse demanda las localidades de Río Gallegos y El Calafate se encontraban catalogadas como de nivel de riesgo medio y, en los términos de la normativa nacional (entre ella la dictada por el Consejo Federal de Educación) se aconsejaba la escolaridad presencial, dicha situación se vio notoriamente alterada por el crecimiento del nivel de contagio en todas las jurisdicciones durante las últimas dos semanas”.
“Ello se ve reflejado en nuevas medidas dictadas a través del DNU 334/2021 del Poder Ejecutivo Nacional, al que adhirió la Provincia de Santa Cruz mediante el Decreto Provincial 582/2021”, remarca Marinkovic.
El fallo está fechado hoy mismo (28 de mayo), día en que el gobierno restableció el denominado semáforo epidemiológico, colocando a El Calafate ya no en nivel Medio, sino en Nivel de Bajo Riesgo Epidemiológico.
“Sin perjuicio de rechazar la procedencia del amparo, y comprendiendo que resulta legítima la preocupación de los padres ante la falta de educación presencial, he de librar oficio al Consejo Provincial de Educación de la Provincia de Santa Cruz con el fin de poner en su conocimiento las inquietudes y fundamentos de este grupo de padres. A tales fines, se adjuntará al oficio una copia del escrito de demanda y de la presente resolución”, afirma el Juez Marinkovic en su fallo.
Al cierre de este informe AHORA CALAFATE pudo que el abogado José Luis Janesak prepara el escrito apelando el fallo de primera instancia. Recordemos que en la presentación los amparistas hicieron reserva del caso para que se habilite inclusive la instabncia federal.
En su fallo indica, el magistrado indica que “si bien al momento de promoverse demanda las localidades de Río Gallegos y El Calafate se encontraban catalogadas como de nivel de riesgo medio y, en los términos de la normativa nacional (entre ella la dictada por el Consejo Federal de Educación) se aconsejaba la escolaridad presencial, dicha situación se vio notoriamente alterada por el crecimiento del nivel de contagio en todas las jurisdicciones durante las últimas dos semanas”.
“Ello se ve reflejado en nuevas medidas dictadas a través del DNU 334/2021 del Poder Ejecutivo Nacional, al que adhirió la Provincia de Santa Cruz mediante el Decreto Provincial 582/2021”, remarca Marinkovic.
El fallo está fechado hoy mismo (28 de mayo), día en que el gobierno restableció el denominado semáforo epidemiológico, colocando a El Calafate ya no en nivel Medio, sino en Nivel de Bajo Riesgo Epidemiológico.
“Sin perjuicio de rechazar la procedencia del amparo, y comprendiendo que resulta legítima la preocupación de los padres ante la falta de educación presencial, he de librar oficio al Consejo Provincial de Educación de la Provincia de Santa Cruz con el fin de poner en su conocimiento las inquietudes y fundamentos de este grupo de padres. A tales fines, se adjuntará al oficio una copia del escrito de demanda y de la presente resolución”, afirma el Juez Marinkovic en su fallo.
Al cierre de este informe se pudo conocer que el abogado José Luis Janesak prepara el escrito apelando el fallo de primera instancia. Recordemos que en la presentación los amparistas hicieron reserva del caso para que se habilite inclusive la instabncia federal.
El municipio se hace cargo del Centro de Monitoreo de Río Gallegos
LA ESCUELA DEL VIENTO: UN EJEMPLO DE LIDERAZGO EN MATERIA EDUCATIVA EN LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
0 comments