En diálogo con LU14 Radio Provincia de Santa Cruz, el Juez Federal Claudio Vázquez habló sobre el tema, y sostuvo que este contexto social de pandemia por COVID-19 lleva a tomar medidas, protocolos y recaudos totalmente distintos a los que habitualmente se utilizan para el desarrollo de un proceso eleccionario.
En cuanto al tema de la enfermedad provocada por el COVID-19, manifestó que dado que estamos atravesando un contexto de pandemia que aún no se ha disipado, el Estado Nacional y los Provinciales han trabajado de manera ardua para que el total de la población esté vacunada.
Esto fue aplacando el tema del contagio, pero “más allá de la situación del Covid-19 quiero aclarar a la población en general, que no es la única enfermedad de transmisión viral o contagiosa que pueda generar algún tipo de inconveniente al momento de votar”.
El acto de votar es un deber cívico y sigue siendo obligatorio, establecido por el Código Nacional Electoral que en su Art. Nº 12 habla del deber de votar, y también de la condición de aquellos que pueden quedar exentos al momento de emitir su voto.
Además, en el Inciso C del Art. Nº 12 se habla de los enfermos imposibilitados o que por fuerza mayor no puedan votar, estipulando que una persona puede estar contagiada (de paperas, escarlatina, sarampión, hepatitis o cualquier tipo de enfermedad de propagación o circunstancia de salud que lo imposibilite), y estará eximida de ir a votar siempre y cuando se hagan acreedores de una constancia médica expedida por médico público nacional, provincial o municipal.
En el caso de la imposibilidad de obtener ese certificado emitido por dichos profesionales, por excepción, se permitirá la constancia expedida por médico particular.
Al presentar dicho certificado el ciudadano recibirá un comprobante de la Secretaría Electoral que justifique su ausencia en el día de los comicios.
Si la persona está imposibilitada de ir a votar, no necesariamente tiene que presentar el certificado de excepción el mismo 12 de septiembre, lo puede hacer en el transcurso de los días siguientes a dicha fecha.
Asimismo, recordó el Juez Federal Vázquez que el Código Nacional Electoral también estipula otras excepciones por motivos laborales, como es el caso de los jueces y otros auxiliares de la justicia, de quienes estén obligados a permanecer en su lugar de trabajo, de las personas que se encuentren a más de 500 Km del lugar que les correspondiere para la emisión de su voto, de enfermos y personas que se desempeñan en las entidades que brindan Servicios Públicos, durante el horario de votación (es el caso de empresas de provisión de energía eléctrica, y otros similares). En todos los casos se requiere la acreditación del caso particular, expedida por la autoridad competente.
Por otro lado, mencionó que actualmente no existe en el distrito de Santa Cruz ningún tipo de método para quien quiera votar mientras está transitando la enfermedad por Covid-19 o de cualquier tipo infecto contagiosa (Art. 202 y Art. 205).
“Emitir el voto es un deber cívico, un acto de la democracia, pero también tenemos que tomar recaudos, ser cuidadosos y ser solidarios con el resto de la población”, subrayó el magistrado.
Debido al actual contexto social, se han sumado para el día de los comicios otros establecimientos con el propósito de reducir el número de mesas por sede, por lo que se han habilitado clubes, como es el caso del Boxing Club en la ciudad de Río Gallegos, y otros de tipo recreativo, puntualizó.
En estos casos, se dispondrá de los cuartos oscuros móviles, del Ministerio del Interior de Nación, que estarán distribuidos dentro de estos establecimientos para una mayor distribución de las mesas.
La jornada eleccionaria se desarrollará con el cumplimiento de los protocolos hatituales: uso de barbijo, manteniendo la distancia establecida y uso de alcohol en gel.
También, se encontrarán presentes los facilitadores sanitarios que son aquellas personas que va a colaborar con los electores para ayudar al cumplimiento de los protocolos.
Al cierre del día, a las 18:00, las personas que aún estén aguardando para emitir su voto recibirán de la Secretaría Electoral un comprobante con carácter de constancia para que quien se encuentre en la fila pueda ingresar a lugar de votación y hacer efectivo su voto, distribuido por los delegados que responden al Juzgado Electoral (al igual que el facilitador sanitario).
En líneas generales, otra de las novedades es la utilización de un sistema QR para escanear con el celular, que permitirá entre otros servicios recibir información de una mesa de atención, que estará funcionando de 8:00 a 18:00, en la Secretaría Electoral, para hacer la consulta ante cualquier inconveniente.
Se podrá ver en los lugares de votación un afiche con el logo del celular y el Código QR dispuesto para la consulta.
Cabe reiterar que es indispensable que los ciudadanos corroboren la mesa en la que les corresponde emitir su voto, por las modificaciones que surjan de la incorporación de nuevos lugares destinados a la emisión del voto.
Quienes cumplan el rol de autoridad de mesa recibirán un kid enviado por el Ministerio del Interior de la Nación, y máscaras de protección facial.
Por último, el Vázquez agradeció a la Universidad Tecnológica Nacional y a la Dirección Provincial de Educación Técnico Profesional el suministro de máscaras y barbijos producidos por dichas instituciones en sus talleres.
Fuente: LU 14 Radio Provincia de Santa Cruz
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