El personal dependiente al Ministerio de Seguridad de la Provincia se encuentra trabajando en los ingresos y egresos del territorio para dar cumplimiento al Artículo 7 del Decreto Provincial N°002/22 firmado por la Gobernadora, Alicia Kirchner.
En el marco de la situación epidemiológica actual por el Coronavirus, el Ministerio de Seguridad de Santa Cruz desplegó personal de la Subsecretaría de Protección Civil y Abordaje Integral de Emergencias y Catástrofes, la Agencia Provincial de Seguridad Vial y Policía Caminera en los ingresos y egresos a la Provincia con el fin de prevenir la propagación del COVID-19.
Frente a ello, el subsecretario de Protección Civil y Abordaje Integral de Emergencias y Catástrofes, Diego Farías, expuso: “Continuamos desarrollando tareas operativas presenciales en el ingreso a la Provincia, particularmente en Ramón Santos, y lo realizamos de manera articulada con la Policía Caminera y la Agencia Provincial de Seguridad Vial”.
Respecto al trabajo operativo, indicó: “Nos encargamos de solicitar la documentación de la gente que quiera ingresar a la Provincia y dar cumplimiento al Artículo 7 del Decreto Provincial N° 002/22 que establece que toda persona mayor de seis años, para ingresar a Santa Cruz, debe contar con una constancia de una dosis aplicada con 14 días previos y en caso de no contar con ello una prueba de hisopado negativo con no más de 72 horas de antigüedad”.
Igualmente enfatizó en que: “También nos encontramos colaborando con la Agencia Provincial de Seguridad Vial en el control de las normas de seguridad en cuanto a la cantidad de pasajeros y el uso correcto de los dispositivos”.
Cabe recordar que en el Artículo 7º del Decreto Provincial N°002/22 firmado por la Gobernadora Alicia Kirchner, se enuncia que toda persona mayor de seis (6) años, que ingrese vía terrestre o aérea a Santa Cruz, deberá contar con al menos una dosis del esquema de vacunación aplicada 14 días previos al momento del ingreso, en caso contrario deberá presentar un certificado de test de hisopado negativo realizado hasta un máximo de 72 hs. de antelación.
Dicho recaudo, se acreditará con el carnet de aplicación de vacuna emitido por la autoridad de salud respectiva, o por la constancia obrante en la aplicación Mi Argentina.
En el Artículo 8º, se establece que las personas provenientes del exterior y que tengan como destino final alguna localidad en la provincia de Santa Cruz deberán cumplimentar las exigencias y condiciones establecidas en la Decisión Administrativa Nro. 951/2021-APN-JGM dictada por Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación y sus modificatorias, debiendo adoptarse los recaudos sanitarios pertinentes conforme las recomendaciones de la autoridad sanitaria nacional.
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