La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de un aceite de girasol, según se publicó este lunes en el Boletín Oficial de la Nación.
Mediante la Disposición 1030/2022, publicado en el Boletín Oficial, se prohibió el “Aceite de girasol, marca Sampietro Nuestro Sabor”.
Se llegó a esta situación “a raíz de que el Instituto de Control de Alimentación y Bromatología de la provincia de Entre Ríos (ICAB) informó las acciones realizadas, en el marco de un procedimiento de auditoria, en relación a la comercialización del producto Aceite de girasol, marca Sampietro Nuestro Sabor, Contenido Neto 900 ml, Vence: 29/03/2023 RNPA 2906-9970/2016 Elaborado por RNE 01-001604”.
En la investigación que el RNE estaba vigente y que correspondía a la razón social Servimax Industrial y Comercial S.A, del rubro elaboración de vinagres, y respecto del RNPA indicó que el registro era inexistente.
Luego la investigación continuó y determinó que el producto era ilegal.
En consecuencia, la ANMAT dispuso: “Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de los productos Aceite de girasol, marca Sampietro Nuestro Sabor, RNPA 2906-9970/2016 Elaborado por RNE 01-001604 y del Aceite de girasol, marca Sampietro Nuestro Sabor, elaborado por RNPA 2906-9970/2016, RNE 02-034934, por carecer de registros sanitarios, consignar un RNPA inexistente y RNE pertenecientes a otras empresas, resultando ser productos falsamente rotulados y en consecuencia ilegales”.
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