A través de la actualización de una función disponible en la web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), los contribuyentes podrán ver qué información posee el organismo recaudador del 2023. Son datos que se utilizan para las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales.
Se trata del servicio “Nuestra parte”. Allí cada contribuyente podrá ver la evolución de sus ganancias o bienes declarados, ingresos en relación de dependencia o como monotributista, depósitos en dinero en el país, inversiones, comprobantes electrónicos emitidos y recibidos, intereses financieros, compra y venta de autos, consumos con tarjeta de crédito, información financiera del exterior y las operaciones de compra/venta de moneda extranjera. Los datos disponibles dependen de cada contribuyente.
Para acceder a los datos se debe ingresar a la página web de AFIP con clave fiscal, ir a “Mis servicios” y buscar la opción “Nuestra parte”. Una vez allí se deberá seleccionar el año acerca del cual se desee obtener la información.
Sebastián Dominguez de SDC Asesores tributarios aseguró: “La AFIP todos los años pone a disposición información que tiene en su bases de datos, no toda, sino determinadas, para tratar de que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones, inducirlos a que cumplan con sus obligaciones. Entonces, pone información a disposición para que sea tenida en cuenta al momento de preparar las declaraciones juradas de ganancias y de bienes personales. De todas maneras, aún siguen procesando y cargando información”.
Pero el especialista advirtió que no es lo único que saben. “Ahí no está toda la información. Hay veces que tiene información por otro lado que no está expuesta ahí. Si el contribuyente no lo declara, después igualmente el Fisco puede cruzar con otra base de datos y detectar inconsistencias”, aseguró.
La obtención de dichos datos por parte de la AFIP se da a través de distintos mecanismos. Por caso, el mes pasado modificó los montos a partir de los que supervisa todas las operaciones financieras.
En el caso de acreditaciones, extracciones en efectivo y saldos mensuales de todas las cuentas, el monto mínimo se eleva de $200.000 a $700.000. En el supuesto de consumos con tarjetas de débito del titular y adicionales, se eleva de $120.000 a $400.000.
Además, dispuso la actualización de los montos a partir de los cuales se activa la obligación de informar o actuar como agente de retención o percepción en determinados regímenes fiscales.
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