Tour de compras a Chile: Qué productos está prohibido traer

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) es la encargada de controlar las compras que ingresan los argentinos al país.

Desde Santa Cruz es muy común viajar a la ciudad de Punta Arenas a realizar compras, más aún en estos días de fin de año y con el tipo de cambio favorable. Para esto es fundamental conocer información clave como los productos prohibidos y las normativas aduaneras vigentes.

A partir de enero, la ARCA ha establece algunas nuevas medidas vinculadas a la prohibición de importar diferentes productos. Una modificación importante tiene que ver con ciertos alimentos y también la imposición de un tope para dispositivos tecnológicos.

Entre los artículos que no se pueden traer desde Chile países se incluye:

  • Mercadería con fines comerciales o industriales: solo se permite el ingreso de bienes para uso personal o regalos.
  • Armas de fuego: excepto si cuentan con la autorización de la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMaC).
  • Electrodomésticos de línea blanca: esto incluye productos como cocinas, hornos, lavavajillas, estufas y aires acondicionados. (Los aparatos pequeños, como licuadoras o procesadoras de alimentos, sí están permitidos)
  • Cubiertas para autos: Están permitidas pero es obligatorio declararlas ante las autoridades aduaneras (se paga impuestos). La falta de declaración puede resultar en multas o el decomiso del artículo.
  • Alimentos: Productos de manufactura casera, carnes de cualquier especie animal, chacinados, embutidos, jamones, miel, productos y derivados lácteos, alimentos sin identificación o rótulo.
  • Otros productos: Alimentos para animales, productos apícolas (cera, propóleos, etc.), productos veterinarios (sueros, vacunas y otros), insectos, bacterias, hongos, material reproductivo y otros.

En cuanto al límite de ingreso de mercadería, cada persona puede ingresar por un valor máximo de 300 dólares. Este monto es puede utilizar en forma conjunta cuando los viajeros constituyan un grupo familiar (cónyuges e hijos menores de 16 años). Esta franquicia no se puede utilizar más de una vez por mes.

En caso de superar los montos establecidos, se debe pagar un tributo del 50% del valor de la mercadería sobre el excedente.