El Gobierno aumentó la restricción al acceso de dólares a las empresas que realizan compras en el exterior a través de la AFIP. El recorte del monto autorizado por la Administración Federal de Ingresos Públicos para la compra de divisas ronda el 25%.
Las reservas del Banco Central en uno de sus menores niveles históricos, la demora en la negociación con el FMI y, por ende, del desembolso de dólares, sumado a un pago de US$ 750 millones que el Gobierno debe realizarle a la entidad financiera antes de 4 de agosto, son algunos de los indicadores que obligaron al Ejecutivo a ajustar más aún el grifo del acceso a divisas.
Puntualmente, la AFIP comenzó desde finales de julio a recortar basándose en la Capacidad Económica Financiera (CEF) de las empresas.
Se trata del sistema CEF mediante el cual se determina la capacidad de compra de dólares que tiene la empresa o contribuyente en base a las declaraciones juradas presentadas, capacidad de facturación, entre otros ítems.
Si bien la mayoría empezó a informar que la baja en la capacidad de acceso a divisas que les autoriza la AFIP cayó un 25%, en algunos casos aseguran que el porcentaje es superior.
Otro dato de relevancia que obligó al Gobierno a ajustar en la salida de dólares del BCRA para importadores lo aportó el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC).
En el primer semestre de 2023, la balanza comercial arrojó un saldo negativo de más de cuatro mil millones de dólares producto de haberse registrado exportaciones por US$ 33509 millones e importaciones por US$ 37.897 millones.
Se trata de números que contrastan con los que se habían registrado en el mismo período, pero del año pasado, donde hubo un saldo positivo por USD 2.977.
En porcentajes, durante los primeros seis meses del año y se hace la comparativa con el 2022, las exportaciones cayeron un 24,5% y las importaciones un 8,5%.
No se trata de la primera ocasión en la que el Gobierno toma una medida de similares características. Una situación prácticamente similar se vivió a comienzos de 2022. A su vez, las empresas podrán apelar la decisión de la AFIP mediante el recálculo de sus CEF presentando las declaraciones juradas rectificativas correspondientes para realizar, en tal caso, el nuevo cálculo.
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