Cuándo saldría el veto a la movilidad jubilatoria

Luego de que el Senado aprobara la sanción el proyecto de ley que introduce cambios en los niveles y procedimientos de ajustes de los haberes jubilatorios y que contaba ya con media sanción de la Cámara baja, el presidente Javier Milei confirmó que rechazaría el proyecto que establece una mejora del 8,1% de los haberes, además de una nueva fórmula para calcular los aumentos.

El veto del Poder Ejecutivo saldrá entre el jueves y el viernes y que sea sobre la totalidad de la iniciativa, como había anticipado el propio mandatario en Rosario.

Pese a la voluntad del Presidente, el Congreso todavía tiene una última instancia para seguir adelante con la reforma jubilatoria. En caso de juntar los dos tercios en ambas Cámaras, los legisladores podrán insistir sobre el proyecto y pasar por encima del veto presidencial.

Sin embargo, desde el Gobierno ya anticiparon que la disputa no terminaría allí. “Inmediatamente lo judicializaría”, dijo una alta fuente de la Casa Rosada a Ámbito.

Todavía no hay certezas de que el Congreso logre juntar los dos tercios, tras largas disputas internas en el PRO durante la última semana. Si bien en las votaciones iniciales ambas Cámaras aprobaron el proyecto con amplia mayoría (61 votos a favor en el Senado y 160 en Diputados), el oficialismo estaría empezando las negociaciones con los distintos bloques para que finalmente se termine aprobando el veto.

Las cuestiones relevantes de la movilidad jubilatoria

Se incrementan con base en el mes de abril de 2024 los haberes previsionales para recuperar la diferencia entre el ajuste otorgado en el primer trimestre y la variación del índice de precios al consumidor, equivalente a 8,1 puntos. Se recupera así la pérdida de poder adquisitivo del primer trimestre.

Se introduce una cláusula gatillo anual, por aplicarse cada marzo, por la cual si el índice de salarios (Ripte) subiese más que el índice de precios al consumidor (IPC), los haberes se aumentarán adicionalmente en la mitad de esa diferencia porcentual. Esta cláusula no es simétrica. Si el Ripte es menor que el IPC, no habrá deducción.

Se dispone que el haber mínimo no podrá ser inferior a 1,09 canastas básicas por adulto, algo que actualmente equivaldría a 317.704 pesos. Esto implica un aumento, ya que en julio el haber mínimo fue de 215.580,82 pesos, que sumados al bono de 70.000 pesos llegan a 285.580,82 pesos.