Repudian decreto que permite desalojar a pueblos originarios

La medida pone fin a la emergencia en tierras indígenas, habilitando hacer desalojos. “Se ha hecho un uso abusivo, subjetivo y discrecional del reconocimiento previsto por la ley en cuestión”, afirma el decreto.

Mariela Llanquinao, representante de la Liga por los Derechos Humanos, informó que el Gobierno Nacional derogó un decreto clave y puso punto final a la emergencia en tierras indígenas. De esta manera, se podrán agilizar los operativos de desalojo que haya sobre territorios que estén en disputa y en conflicto con agrupaciones representantes de los pueblos originarios.

Explicó que se trata de una la ley se aprobó en el 2006, “donde se comenzaba una reparación hacia los pueblos originarios. Permitía hacer un relevamiento para regularizar las tierras que ocupa cada comunidad”.

En esa línea mencionó que el gobierno de Milei “gobierna para determinado sector vulnerando los derechos de los pueblos originarios en Argentina”. Y manifestó el rechazo a la medida que, según aseguró, es “inconstitucional”.

La medida se hizo oficial con el Decreto 1083/2024 y cuenta con la firma del presidente Javier Milei, Guillermo Francos, Gerardo Werthein, Luis Petri, Luis Caputo, Mariano Cúneo Libarona, Patricia Bullrich, Mario Lugones, Sandra Pettovello y Federico Sturzenegger. Allí se derogó la Ley Nº 26.160 y el Decreto Nº 805 del 17 de noviembre de 2021, que extendía la emergencia hasta noviembre del 2025.

Entre los considerandos, el Ejecutivo señaló que esta suspensión lleva 18 años donde se “impide el libre ejercicio de las actividades productivas y recreativas sobre las tierras involucradas, así como también limita el derecho a la disposición de dichos bienes”.

“La Ley N° 26.160 y la prórroga excesiva de la emergencia, ha dado lugar a una larga serie de acciones que, en connivencia con grupos amparados circunstancialmente bajo normativa aplicable a pueblos indígenas, avasallaron los derechos de la ciudadanía y agraviaron las prerrogativas soberanas del Estado”.

En el segundo artículo de la mencionada ley, se habían suspendido los desalojos de las tierras ocupadas por estas comunidades desde el 2006. Es por esto que en la medida señalaron que “se ha hecho un uso abusivo, subjetivo y discrecional del reconocimiento previsto por la ley en cuestión, por parte de las comunidades indígenas, las cuales en muchos casos se fragmentan tornando inoficioso el objetivo para el cual fue inicialmente prevista la declaración de emergencia”.