Los datos personales en la Argentina están protegidos por la Ley 25.326.
Los datos personales en la Argentina están protegidos por la Ley 25.326, que establece que “los privados no pueden usar los datos personales para algo distinto de aquello para lo que fueron recolectados”, afirmó la presidenta de la Fundación Vía Libre, Beatriz Busaniche.
Para hacer uso de esa información “tenés que tener consentimiento informado”, sostuvo la especialista, para quien “es bastante tramposa esa idea del consentimiento informado, porque si la gente no tiene conciencia del uso de esos datos, es una trampa. Hay que ver como lo informan, como lo presentan”, señaló respecto de cómo se solicita el consentimiento.
“Habrá que ver como resulta con la nueva ley”, afirmó Busaniche en referencia al anteproyecto de modificación elaborado por la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales (DDP), que aún no fue ingresado en el Congreso de la Nación.
La norma vigente, promulgada en el año 2000, define a los datos personales como aquella “información de cualquier tipo referida a personas físicas o de existencia ideal determinadas o determinables”.
En su artículo 4º establece que “los datos deben ser destruidos cuando hayan dejado de ser necesarios o pertinentes a los fines para los cuales hubiesen sido recolectados”.
Pero para ser recolectados, la entidad encargada de ese proceso debe contar con el consentimiento del titular de esos datos.
“El tratamiento de datos personales es ilícito cuando el titular no hubiere prestado su consentimiento libre, expreso e informado, el que deberá constar por escrito, o por otro medio que permita se le equipare, de acuerdo a las circunstancias”, indica el artículo 5º, y precisa que “el referido consentimiento prestado con otras declaraciones, deberá figurar en forma expresa y destacada, previa notificación al requerido de datos”.
“Cuando se recaben datos personales se deberá informar previamente a sus titulares en forma expresa y clara: a) La finalidad para la que serán tratados y quiénes pueden ser sus destinatarios o clase de destinatarios”, determina en su artículo 6º.
Especialistas consultados por esta agencia coincidieron en que la normativa vigente es vieja y requiere ser actualizada.
Pese a ello, “la ley argentina es bastante buena, porque está sostenida en la normativa de la ley europea que es bastante protectora. Pero la ley sola no alcanza, creo que falta cultura y aplicación de la ley”, consideró Busaniche.
En este sentido, señaló que “no hay una política activa de control sobre lo que hacen las empresas. No sabemos incluso lo que hacen las empresas. Sabemos que retienen datos pero no sabemos por cuánto tiempo”.
Por esto, la autoridad de aplicación debe ser “autónoma del Poder Ejecutivo y autárquica. Ese es el principal problema: una autoridad que controle tanto a las empresas como al gobierno”, consideró.
La DDP cuenta con un anteproyecto para modificar la ley vigente que podría ser presentado este año en el Congreso, según adelantó el presidente Mauricio Macri al inaugurar las sesiones ordinarias.
Este anteproyecto detalla en su artículo 6º que “los datos personales serán recogidos con fines determinados, explícitos y legítimos, y no serán tratados ulteriormente de manera incompatible con dichos fines”.
Si bien hasta ahí coincide con la normativa actual, en lo que respecta al consentimiento establece que el mismo “podrá ser obtenido de forma expresa o tácita”, y aclara respecto de este último término: “El consentimiento tácito será admitido cuando surja de manera manifiesta del contexto del tratamiento de datos y la conducta del titular de los datos sea suficiente para demostrar la existencia de su autorización. Será admisible únicamente cuando los datos requeridos sean necesarios para la finalidad que motiva la recolección”.
(Fuente: Télam.)
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