Revocó un fallo de la jueza Sevini que había prohibido simbologías sobre el aborto. La Cámara sí ratificó que el partido Demócrata Cristiano no puede llevar un feto.
La Cámara Nacional Electoral habilitó a los partidos políticos a que en las boletas para las próximas elecciones puedan llevar pañuelos verdes y celestes, que representan a quienes están a favor y en contra de la despenalización del aborto.
Fuentes judiciales informaron a Infobae que el tribunal revocó un fallo de la jueza electoral María Servini que había prohibido cualquier “simbología que exprese alguna de las posturas antagónicas” sobre el debate de la despenalización y legalización del aborto.
Pero además, la Cámara sí confirmó que el partido Demócrata Cristiano no podrá llevar en sus boletas un feto para representar su postura en contra del aborto porque se trata de una figura que no está autorizada.
La decisión de la Cámara Electoral tiene efecto en todo el país, más allá de que la decisión de la jueza Servini era solo para la ciudad de Buenos Aires ya que en ese distrito se presenta el partido Demócrata Cristiano. Y podría abrir un debate. Es que el único partido que apeló el fallo de Servini fue esa agrupación, por lo que el resto consintieron la resolución. Sin embargo, fuentes judiciales no descartaron que haya presentaciones para que los partidos que sacaron los pañuelos los vuelvan a agregar.
Pero otro aspecto importante es que todos los partidos ya modificaron sus boletas que fueron aprobadas por Servini que ordenó que se impriman. Las elecciones primarias son el 11 de agosto próximo. “Habría que ver si dan los tiempos para hacer los cambios e imprimir nuevas”, le dijo a este medio una fuente judicial.
Los jueces de la Cámara Nacional Electoral, Santiago Corcuera y Alberto Dalla Via, no hicieron consideraciones sobre si las boletas pueden ser plataformas de ideas políticas con sus imágenes, sino que se limitaron a analizar si el Código Nacional Electoral permite o no las objeciones que se hicieron.
Los camaristas enumeraron lo que puede llevar una boleta: la designación de la agrupación política, la sigla, monograma o logotipo, escudo o símbolo o emblema, fotografías y número de identificación y para las internas el tipo y fecha de la elección, denominación y letra de la lista interna. “Ello excluye la posibilidad de incorporar en las boletas nombres o atributos que la agrupación política no esté autorizada a utilizar en el distrito en el cual se presenta”, dijeron sobre la figura del feto y así confirmaron que no puede estar en la boleta.
Pero sobre las fotos de los candidatos, la Cámara señaló que la ley establece que en las boletas “sólo podrán insertarse fotografías de candidatos o candidatas, en colores o en blanco y negro, las que se ubicarán en el tercio central de la boleta”. En esa línea, las manifestaciones de Servini sobre las simbologías del aborto “no se advierte que afecten la disposición legal”.
Así, sin decirlo expresamente, habilitó a que haya pañuelos u otros símbolos sobre la postura del aborto.
(Fuente: Infobae)
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