Este registro permitirá generar una base de datos que contenga información de pacientes que hayan sido diagnosticados y curados, así como también posibilitará conectar a los voluntarios con los centros médicos.
Los legisladores y legisladoras aprobaron la adhesión a la Ley Nacional N° 27.554, que crea la Campaña Nacional para la donación de plasma sanguíneo de pacientes recuperados de Covid-19, para fomentar y promocionar esta práctica.
La iniciativa indica que la información del Registro Provincial de Pacientes Recuperados de COVID-19, deberá resguardarse en cumplimiento de la Ley 25.326 – Protección de Datos Personales – y que las funciones de la Autoridad de Aplicación son:
-Promover acciones tendientes a que los pacientes recuperados puedan voluntariamente constituirse en posibles donantes de plasma.
-Garantizar que los donantes cumplan con todos los criterios de elegibilidad, de acuerdo a los protocolos habilitados vigentes y hayan expresado su consentimiento informado para tal fin.
-Aumentar la disponibilidad de plasma de pacientes recuperados, convalecientes de COVID-19 con fines terapéuticos e investigaciones aprobadas que así lo requieran.
-Fomentar la capacitación de equipos de salud sobre el procedimiento para la donación de plasma sanguíneo de pacientes recuperados de COVID-19.
-Asegurar el acceso a la información sobre donación de plasma de pacientes recuperados de COVID-19.
-Adoptar las medidas necesarias a fin de implementar actividades específicas referidas a la promoción de la donación voluntaria de plasma sanguíneo de pacientes recuperados de COVID-19 y realizar labores más alta difusión de las mismas a través de los mecanismos de comunicación oficial.
Ahora Calafate
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